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Sobre las convenciones “inseparables, indiscutibles e innegociables” en el llamado “proceso de paz de La Habana 2016” – Análisis de los puntos 1, 4 y 5 (Segunda parte)

       Por: Rosa Lía Medina

       El archivo electrónico del documento  de 297 páginas, sin portada indicativa de tema y autoría, marcado en cada esquina superior izquierda como Acuerdo Final 24.08.2016, y con numeración de página en cada esquina inferior derecha, fue recibido  para finales del mes y año indicados, sin índice de contenido que permitiera entender la metodología estructural y la correlación entre títulos y subtítulos, por tanto exigió esa primera tarea que abarcó el espacio de varias páginas, pero que dejo en claro la falta de lógica secuencialidad de los temas y sorpresivamente sin ninguna posibilidad de una siquiera aproximada evaluación económico-financiera y social por ausencia total de serias cifras indicativas, como eran de esperarse en un emprendimiento de tan grande y trascendental importancia para una población de alrededor de los 45 millones, en nombre de quienes se venía negociando secretamente desde hacía ya varios años, y a pesar de que en sus grandilocuentes Preámbulo e Introducción, se leen los siguientes párrafos, ambiguamente redactados con apariencia de estructura fundamental pero sin real concordancia procedimental :

      …..(Pág. 4) La participación ciudadana es el fundamento de todos los acuerdos que constituyen el Acuerdo Final. Participacion en general de la sociedad en la construcción de la paz y participacion en particular en la planeación, la ejecución y el seguimiento a los planes y programas en los territorios, que es además una garantía de transparencia. “ …. “Además, la participacion y el dialogo entre los diferentes sectores de la sociedad contribuyen a la construcción de confianza y a la promoción de una cultura de tolerancia, respeto y convivencia en general, que es un objetivo de todos los acuerdos…”

       Afirmaciones que no coinciden con el largo ocultamiento del prefabricado acuerdo, elaborado a contrato y por múltiples manos en el exterior, durante varios años de preacuerdos y acuerdos entre unos pocos privilegiados en el uso y abuso del poder político, hasta pocos días antes del también convenientemente pre-fabricado plebiscito, presentado como graciosa medida de refrendación, pero realmente sin posibilidad de seria participación de entidades académicas y de ciudadanos idóneos.

       ….. (Pág. 4)El Acuerdo está compuesto de una serie de acuerdos, que sin embargo constituyen un todo indisoluble, porque están permeados por un mismo enfoque de derechos, para que las medidas aquí́ acordadas contribuyan a la materialización de los derechos constitucionales de los colombianos; ……¿Es legal y aceptable una tal negociación, sobre todo presentada por la parte subversiva y tratándose de una serie de acuerdos de naturaleza indisoluble? ¿indiscutibles e innegociables en un teórico proceso de acuerdos para la paz?; simplemente no hubo argumentación válida de la parte institucional en defensa de los objetivos nacionales constitucionales?; existen acaso en la Constitución de Colombia? Se tienen subsidiarias Políticas de Estado de largo plazo, ajustables según prioridades de beneficio social?

        ….. (Pág.4) “El enfoque territorial del Acuerdo supone reconocer y tener en cuenta las necesidades, características y particularidades económicas, culturales y sociales de los territorios y las comunidades, garantizando la sostenibilidad socio-ambiental; y procurar implementar las diferentes medidas de manera integral y coordinada, con la participación activa de la ciudadanía”….

          Exige el enfoque y el reconocimiento de lo particular en territorios y comunidades con la implementación de medidas integrales,  en un país que tiene ya claramente definidas las regiones pero no el alcance de disposiciones institucionales en términos de Objetivos Nacionales Constitucionales y subsidiariamente de claras Políticas de Estado al respecto.

        …. ( Pág.5)  Por lo anterior, el Gobierno de Colombia y las Farc-Ep, con el ánimo de consolidar aún mas las bases sobre las que edificará la paz y la reconciliación nacional, una vez realizado el plebiscito, convocarán a todos los partidos, movimientos políticos y sociales, y a todas las fuerzas vivas del país a concertar un gran ACUERDO POLÍTICO NACIONAL encaminado a definir las reformas y ajustes institucionales necesarios para atender los retos que la paz demande, poniendo en marcha un nuevo marco de convivencia política y social. ”…..

      Cómo podía una agrupación criminal dar por aprobado a su favor un plebiscito refrendatario sin mayor publicidad y conocimiento de la ciudadanía y hacer el registro desde antes de presentar la teórica propuesta, de una convocatoria poniendo en marcha un nuevo marco de convivencia político y social, es decir de su ideología?

        Los puntos 1 y 4 del “Acuerdo final” denominados respectivamente “Reforma Rural Integral” IRR (21 págs. del 8 al 29) y “Solución al Problema de las Drogas Ilícitas” (23 Págs. del 88 al 111)  sin la menor duda debieron ser simplemente temas concomitantes, cuando se entiende que el área de su existencia y desarrollo es exactamente el mismo, es decir el sector rural, y que la completa reestructuración integral del agro, tanto en la recuperación y conservación del medio ambiente como en  la completa elevación del nivel de vida de la población, desde la capacitación continuada con criterio asociativo y empresarial así como la asistencia técnica en producción, procesamiento y comercialización, hasta la disposición de servicios básicos en vivienda, salud y movilidad multimodal,  son de hecho la verdadera solución, en oposición al obsoleto y fracasado modelo de expropiación de millones de hectáreas que receta el “Acuerdo final de la Habana” para entrega a la agricultura familiar de subsistencia, ensayado en el pasado con nefastos resultados, por múltiples  países asiáticos  y al parecer existente aún en países como Cuba y Corea del Norte.

      Igualmente para la implementación y el logro de un Modelo Económico altamente productivo generado por Polos de Desarrollo según las diversas regiones claramente definidas en sus vocaciones y oportunidades, según propuesta de un Macro- Programa Agroindustrial tanto para la exportación como para el consumo interno, que viene liderando FUNDELT y que en verdad puede generar un verdadero despegue socio-económico del agro colombiano.

       ( Pág.112) Punto 5.  Acuerdo sobre las Víctimas del Conflicto.  

       ….. “Resarcir a las víctimas está en el centro del Acuerdo entre el Gobierno Nacional y las Farc-Ep. En tal sentido en la Mesa de Conversaciones de La Habana, hemos discutido y llegado a acuerdos sobre el punto 5 de la Agenda “Víctimas” que incluye los subpuntos: 1. Derechos humanos de las víctimas y 2. Verdad.

       ……“El Gobierno Nacional y las Farc-Ep, considerando la integralidad que debe caracterizar el desarrollo de los numerales comprendidos en el punto Víctimas, iniciamos nuestro análisis del punto asumiendo la “Declaración de principios” del 7 de junio de 2014. Estos principios fueron tenidos en cuenta a lo largo de todo el trabajo para el desarrollo del Punto 5 – Víctimas, y deberán irradiar su implementación.                                          

       De ser el tema de  las víctimas el punto central y principal del Acuerdo, su consideración fue relegada prácticamente a la última posición en el farragoso documento, el numeral 5 (porque de hecho el 6 es un reordenamiento según los intereses de la parte subversiva, sobre la seguridad y defensa de la nación) además de haber sido utilizado mucho mas allá de los dos únicos acuerdos indicados en el texto inicial transcrito, con múltiples explicaciones y declaraciones de principios, que abarcan alrededor de 54 páginas, de la 116 a la 170, en realidad más para el aseguramiento político y jurídico de la parte subversiva, con la creación de la “Jurisdicción Especial para la Paz” a la que difícilmente tendrían que ser sometidas las víctimas, y para el establecimiento de “Medidas de reparación integral para la construcción de pazplaneadas desde los preacuerdos y sobre las que hoy en día insisten como de responsabilidad del Estado, vale decir de los ciudadanos que pagan impuestos, no de los victimarios como es apenas lógico y teniendo información de sus abundantes ingresos anuales por razón del narcotráfico, según publicaciones internacionales especializadas como la revista Forbes.

       A continuación,  lo que de pronto algunos no han captado como verdadero “acuerdo final” en el punto 5   y no exactamente a favor de las víctimas del conflicto:

       “Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición”, incluyendo la Jurisdicción Especial para la Paz; y Compromiso sobre Derechos Humanos.”

5.1.  Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición

5.1.1.  Verdad: Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición y Unidad para la búsqueda de Personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto.

5.1.1.1. Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición

5.1.1.1.1. Criterios orientadores

5.1.1.1.2. Mandato

5.1.1.1.3. Período objeto de estudio de la Comisión (ámbito temporal)

5.1.1.1.4. Funciones

5.1.1.1.5. Proceso de escogencia

5.1.1.1.6. Presidente/a de la Comisión

5.1.1.1.7. Duración:

5.1.1.1.8. Compromisos de contribución al esclarecimiento.

5.1.1.1.9. Financiación.

5.1.1.1.10. Comité de seguimiento y monitoreo a la implementación de las recomendaciones de la Comisión.

5.1.1.2.     Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto

5.1.2.   Justicia:

       En materia de Justicia se acordó la creación de la Jurisdicción Especial para la Paz(Pág. 130)  

      (Acuerdo de desarrollo del numeral 23 del  “Acuerdo de creación de una Comisión especial para la Paz del 15 de Diciembre de 2015   ( Pág. 156 )

5.1.3.   Reparación: Medidas de reparación integral para la construcción de paz( Pág. 158 )  

5.1.3.1.    Actos tempranos de reconocimiento de responsabilidad colectiva.

5.1.3.2.    Acciones concretas de contribución a la reparación.

5.1.3.3.    Reparación colectiva en el fin del conflicto.

5.1.3.3.1. Carácter reparador de los Planes de Desarrollo Rural con Enfoque Territorial (PDET).

5.1.3.3.2. Planes de reparación colectiva con enfoque territorial

5.1.3.4.    Rehabilitación psico-social

5.1.3.4.1. Medidas de recuperación emocional a nivel individual

5.1.3.4.2. Plan de rehabilitación psico-social para la convivencia y la no repetición

5.1.3.5.    Procesos colectivos de retornos de personas en situación de desplazamiento y   reparación de víctimas en el exterior5.1.3.6.    Medidas sobre restitución de tierras

5.1.3.7.    Adecuación y fortalecimiento participativo de la Política de atención y reparación integral a víctimas en el marco del fin del conflicto y contribución a la reparación material de las víctimas.

5.1.4.      Garantías de no repetición.

5.2.      Compromiso con la promoción, el respeto y la garantía de los derechos humanos

5.2.1.      Fortalecimiento de los mecanismos de promoción de los derechos humanos:

5.2.2.      Fortalecimiento de los mecanismos de protección de la labor que desempeñan los defensores de derechos humanos y sus organizaciones.

           Continuará: Sobre las convenciones “inseparables, indiscutibles e innegociables” en el “proceso de paz de La Habana 2016” – Análisis de los puntos 2, 3 y 6  ( Tercera parte )

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