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¿Requiere la democracia actualizar los requisitos mínimos para el registro de movimientos o partidos políticos y de candidatos a cualquier cargo público? (Tercera Parte)

         Por: Rosa Lia Medina de López

       Definitivamente el benemérito Platón, citado en la primera parte de este mismo título, tenia una mente muy clara respecto del manejo de asuntos importantes por personas no solo sin los suficientes conocimientos al respecto sino con demasiados intereses políticos antagónicos con lo factible, como suele suceder con algunos temporalmente encargados elegidos por las no siempre eficientes mayorías en la democracia, de la cual se aprovechan para luego eternizar su mandato.

          Y como situación de ejemplo contundente y apabullante sobre la evidente necesidad de la actualización de requisitos para partidos y candidatos a cargos públicos en especial para los próximos elegidos que sean responsables de muy importantes decisiones nada tan ejemplarizante como lo concluido en análisis propio, hecho con simple observación y lectura de medios desde el exterior en el año 2016, sobre el increíble Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera”, así denominado por una alta corte sin real jurisdicción sobre el tema y  eufemísticamente mal denominado por los interesados como  “Acuerdo de paz de La Habana ”, el que fue denegado por el supuesto plebiscito refrendatorio y sin embargo firmado como tal en el Teatro Colón, después de una teórica negociación con los representantes de los ganadores de la no refrendación ; realmente  no  es un proyecto de inversión como debió ser considerado, sino un documento totalmente descriptivo, principalmente de aseguramiento político-jurídico para sus principales beneficiarios, los violentos grupos armados ilegales y con muchas cuentas pendientes ante la justicia, en abundante y altisonante prosa explicativa hasta de los términos usados, más que en las tan indispensables  valoraciones en cifras bien fundamentadas que dicen más que un millón de palabras a legos y desde luego a estudiosos de la factibilidad de grandes proyectos.  

      Por tanto se puede afirmar que el tan publicitado “Proceso de Paz”, por ausencia de verdaderos y bien preparados representantes gubernamentales, solo fue una secuencia de largas conversaciones por demasiado tiempo y con demasiado costo a cargo de los contribuyentes, con 4 años de acuerdos, desacuerdos y comunicados varias veces contradictorios, entre dos “equipos de negociadores” que de la noche a la mañana se equipararon como dos grupos en igualdad de condiciones a pesar de la inmensa  diferencia de su teórica representatividad, pero ninguno de ellos con la claridad necesaria sobre su respectiva naturaleza y posición frente a la totalidad de  la ciudadanía colombiana.

       El grupo de delincuentes y el grupo de “plenipotenciarios” del gobierno con abultadas compensaciones en “honorarios”, se apropiaron del destino y las preferencias de una población de alrededor de 45 millones de personas,  por supuesto en “seguros y acogedores escenarios extranjeros”, con “garantes y acompañantes de buena voluntad”, sin la más pequeña  consulta previa a la ciudadanía, sin siquiera la debida  oportunidad de opinión a las más connotadas personas y entidades del ámbito académico, imponiendo criterios e ideologías evidentemente fracasadas, desconociendo la institucionalidad legalmente encargada de las transformaciones necesarias en el país, y  graciosamente concediendo solo unos pocos días, para que transgrediendo olímpicamente el umbral electoral a solo  el 13% de los ciudadanos con capacidad de sufragio, para que leyeran y “conceptuaran en conciencia” un documento de 297 páginas, de deficiente factura metodológica, que no permite analizarlo en cifras reales de costos porque sencillamente nadie se comprometió con siquiera una aproximación, ni le importó a nadie que el Ministro de Defensa de la época, ( civil sin conocimiento real de la seguridad y defensa del país ) despreocupadamente  dijera sobre el tema : “ Por la Paz no hay que tenerle miedo a endeudarse”,  ¿más de lo que ya estábamos  y  que continuamos aún por esa y por otras razones posteriores?  

      Sorprende aún más que un “acuerdo” de tal naturaleza y consecuencias, ni siquiera contenga un simple resumen ejecutivo económico-financiero, requerimiento mínimo  acostumbrado en los informes a inversionistas o entidades financiadoras  en este caso la ciudadanía colombiana que tributa sin ocultamientos sobre tales macro-emprendimientos que buscan  una inmensa capitalización para su desarrollo, propuestos por los delincuentes no por el estado ; ni siquiera  una aproximación extendida en el tiempo necesario para su teórica  exitosa realización, ni mucho menos aunque fuera un sencillo y resumido modelo de simulación para su control efectivo, y lo que es más grave sin ninguna indicación seriamente fundamentada de costos, para quienes en el Congreso tendrían la primera instancia de su ratificación y la responsabilidad de asignación de recursos económicos provenientes de los impuestos a cargo de una ciudadanía, no bien informada, ni realmente consultada y peor aún finalmente engañada en su decisión plebiscitaria negativa en la muy acomodaticia aprobación posterior de tal “acuerdo final”, por el Congreso dizque como autorizados de la población total por la democracia representativa, olvidando por completo lo establecido igualmente para la democracia participativa; a continuación las características generales con las que quedó el famoso “Acuerdo” :

       1. Nombre “Acuerdo Final de La Habana” ( No como el ordenado por la Corte de marras, “Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera) 297 páginas.

        2. Nivel de formulación : Inexistente en cifras y sin la Planificación debida.

        3. Proyectistas : Grupo de “Plenipotenciarios” del Gobierno Nacional y de la organización al margen de la Ley FARC-EP ( ni siquiera  1% del censo )

         4.Inversionistas : No consultados,  todos los colombianos  que pagan impuestos, ( por lo menos 80% del censo? )

        5. Otras fuentes de capitalización : Desconocidas o inexistentes.

        6. Beneficiarios : FARC-EP  y muy probables aspirantes de todos los grupos fuera de la Ley en el país.

        7. Niveles de aprobación: a) Solo el 13% del umbral establecido por la Ley para las votaciones válidas en un país de aproximadamente 35 millones de electores habilitados, muchos de baja escolaridad,   b) Solo 33 días para la lectura y “voto en conciencia” sobre el farragoso documento de 297páginas y  c) Final aprobación por Legisladores no independientes del gobierno en proceso “Fast track”.

       Entonces: ¿Requiere la democracia actualizar los requisitos mínimos para el registro de  movimientos o partidos políticos  y  de candidatos a cualquier cargo público, para la toma de decisiones más determinantes en relación con objetivos nacionales fundamentales y constitucionales ?  Existen acaso siquiera enunciados en nuestra  Carta Magna? Tenemos claras Políticas de Estado  de largo plazo, ajustables según necesidades prioritarias? Podemos continuar dependiendo de caprichosas políticas gubernamentales de cortos periodos en ejercicio?

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