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Juicios penales a alemanas vinculadas al terrorismo islámico, luego de ser repatriadas

    Geopolítica de Europa

    En 2018, el Tribunal Federal de Justicia de Alemania (TFJA) dictaminó que la presencia de connacionales en el territorio ocupado por el Estado Islámico (ISIS), no era por sí sola, prueba suficiente para constituir membresía en una organización terrorista, situación que complicaba el enjuiciamiento penal de las mujeres islamistas repatriadas a Alemania.

     Para resolver el escollo, los fiscales alemanes utilizan el derecho nacional e internacional para acusar y condenar a las repatriadas por portar armas o saquear. Así, respaldan su argumentación de que dichas mujeres han sido miembros o simpatizantes de una organización terrorista. Y desde luego a responsabilizarlas por sus crímenes.

     En ese escenario, hasta diciembre de 2021, han sido acusadas 22 de las más de 80 mujeres adultas repatriadas. De ellas relacionadas con ISIS y otros grupos terroristas islámicos en Siria e Irak, 20 han sido condenadas con sentencias promedio de tres años y 10 meses, por pertenecer o apoyar una organización terrorista, violar las leyes para el porte de armas, cometer crímenes de guerra contra la propiedad y/o crímenes de lesa humanidad.

     Desde cuando la coalición encabezada por Estados Unidos derrotó militarmente al Estado Islámico en Siria e Irak (ISIS), el poder judicial alemán se ha tenido en sus estrados, a una mayor cantidad de “combatientes extranjeros” que regresan de la zona de conflicto en el Medio Oriente.

     Hasta 2021, las autoridades judiciales alemanas han encauzado a más combatientes terroristas extranjeros (CTE) masculinos que regresan a Europa. Aunque, por lo menos el 13% de todos los extranjeros que se unieron al Estado Islámico eran mujeres, hay menos experiencia en el enjuiciamiento de las repatriadas.

      A menudo, las mujeres yihadistas eran percibidas como víctimas pasivas, menos ideologizadas y menos peligrosasque fueron atraídas por hombres para integrar una organización terrorista. Sin embargo, con base en la información verificada acerca del real rol de las mujeres dentro del Estado Islámico, esta benévola comprensión está cambiando lentamente.

     La joven Jennifer W. es un ejemplo de este caso. El 25 de octubre de 2021 fue condenada a 10 años de prisión por pertenecer a una organización terrorista extranjera y complicidad en el asesinato por omisión y crímenes de lesa humanidad con consecuencias fatales, debido a que después de unirse al Estado Islámico en el verano de 2014, no hizo nada para evitar la muerte de una niña “esclava sexual” de la etnia yazidí kurda, a quien el esposo de Jennifer colgó en una cerca como castigo.

     Tratar con las mujeres repatriadas plantea nuevos desafíos para los profesionales de la justicia alemana, en torno al enjuiciamiento, la prisión y la libertad condicional, así como la rehabilitación de las mujeres yihadistas repatriadas.

     Cuando los yihadistas alemanes regresan a Europa

     Según cálculos oficiales del gobierno alemán, desde 2011 en adelante, más de 1.150 personas han salido de Alemania con el fin de unirse a organizaciones yihadistas, principalmente a ISIS. Mediante informaciones corroboradas, se sabe que cerca del 25% de ellas han perdido la vida y que muchas siguen desaparecidos.

    Se tiene información que en los campamentos administrados por los kurdos en el noreste de Siria, están detenidos 30 hombres y 22 mujeres que anteriormente residían en Alemania y que alrededor de 150 niños siguen detenidos en esos campos, al lado de miles de antiguos afiliados a ISIS, provenientes de diferentes países del mundo.

     Igualmente, se dice que nueve alemanes, seis de ellos mujeres, están actualmente encarcelados en Irak por la misma causa. Otras estimaciones indican que el 37% de los viajeros yihadistas originales, ya regresaron a Alemania.

     Igualmente, el gobierno alemán afirma que en enero de 2021, tenía información concreta acerca de 148 personas unidas al Estado Islámico que regresaron a Alemania, sin diferenciar entre hombres y mujeres. Luego se estableció que fueron más de 80 mujeres adultas, quienes regresaron a Alemania desde la zona de conflicto en Siria e Irak.

     Algunas de ellas regresaron voluntariamente muy pronto, y otras lo hicieron durante los últimos meses del califato. Además, como consecuencia de algunas decisiones judiciales que obligan al gobierno alemán a localizar y repatriar a determinados menores de edad junto con sus madres alemanas, se han repatriado varias mujeres y niños. La repatriación más reciente ocurrió en octubre de 2021.

     La repatriación se maneja en Alemania como política de Estado, por ende es interinstitucional. Por ejemplo, la policía de Bremen, ha contribuido con una evaluación de las políticas sobre los repatriados. Asimismo, la Oficina Federal de Policía Criminal de Alemania ha realizado un amplio estudio sobre los perfiles de los alemanes combatientes extranjeros y actualmente está preparando uno sobre los retornados.

      Los retornados presentan varios desafíos desde una perspectiva de seguridad: mientras que algunos están desilusionados, otros aún pueden adherirse a la ideología extremista y representar un riesgos de cometer acciones terroristas, debido a que hombres y niños han recibido entrenamiento militar y tienen experiencia en combate, y a que todas las mujeres repatriadas han manejado armas.

    No obstante, como las pruebas no siempre están disponibles o no pueden utilizarse en los tribunales, presentar cargos y condenar a los repatriados es un desafío. Aquellos que no son condenados pero que se consideran potencialmente peligrosos deben ser monitoreados por agencias de seguridad, lo cual requiere muchos recursos, y se sabe por experiencia que no todas las veces, este procedimiento es efectivo.

     De remate, no todos los repatriados están dispuestos a participar en programas de desradicalización y retirada. Pero, si son declarados culpables, se convierten en una amenaza en prisión, porque pueden radicalizar potencialmente a otros reclusos. Hasta ahora, Alemania, al igual que otros países europeos, ha tenido poca experiencia en el tratamiento efectivo de reclusas potencialmente radicalizadas.

      El marco de la justicia penal alemana contra el yihadismo

      En Bélgica y Francia, los terroristas extranjeros pueden ser juzgados in absentia, o sea acusados y condenados por un delito sin estar presente en el tribunal. Así, la persona tendría que cumplir su condena a su regreso. Sin embargo, Alemania tiene otro enfoque para el enjuiciamiento terroristas extranjeros tanto hombres como mujeres, ya que no se permiten condenas en rebeldía.

     Por lo tanto, hay dos delitos relevantes para el enjuiciamiento penal de los yihadistas repatriados: “pertenecer a una organización terrorista extranjera” según los artículos 129a, 129b del código penal alemán y “preparación de un acto grave de violencia subversiva” según el artículo 89a.

     También son relevantes el artículo 22a de la “Ley de control de armas de guerra” así como varias violaciones del derecho internacional, por ejemplo, “crímenes de lesa humanidad”, “crímenes de guerra contra personas ”, o“ crímenes de guerra contra la propiedad ”, tales como saqueos, lo cual cubre la membresía y el apoyo a una organización terrorista extranjera.

     La membresía se define como participación duradera en la organización combinada con la subordinación a la intención del grupo. La persona también debe realizar una tarea de apoyo dentro del grupo, que puede ir desde combatir hasta ser paramédico o difundir propaganda yihadista por medio de una cuenta de Telegram.

     La membresía se materializa en apoyar los objetivos desde el exterior y el interior de la organización. Un partidario, no es un miembro real pero cumple un rol de apoyo del grupo. Verbigracia, recolectar dinero o información o compartir propaganda existente o hecha por uno mismo con el objetivo de reclutar nuevos miembros o simpatizantes.

     Además de estos factores concretos, el Ministerio Federal de Justicia y Protección al Ciudadano tiene que “autorizar el enjuiciamiento del sindicado por actos cometidos para un grupo terrorista extranjero” a partir de enero de 2014.

     A raíz del aumento de viajeros yihadistas desde Alemania y otros países occidentales hacia Siria e Irak, y la adopción de la resolución 2178 de la ONU en 2014, el parlamento alemán aprobó una ley para ajustar el código penal e introducir responsabilidad penal por proporcionar fondos a organizaciones terroristas.

     Asimismo, para extender la responsabilidad a la preparación de un acto grave de subversión violenta (por ejemplo, actos de terror o entrenamiento para actos de terror) en países extranjeros, o en territorio alemán.

     A diferencia de los enfoques centralizados en países como el Reino Unido, la responsabilidad de casi todas las investigaciones y enjuiciamientos por terrorismo en Alemania cae dentro de la jurisdicción de los 16 estados federales alemanes. Sólo el enjuiciamiento de los repatriados, recae en la jurisdicción primaria del Fiscal General Federal.

     Sin embargo, debido al alto número de casos, se ha delegado muchos de los casos a los fiscales principales de los estados federales. Esta concentración de conocimiento ayuda a los fiscales a realizar investigaciones de manera más eficiente y ayuda a considerar todos los aspectos de posibles delitos aplicables.

     Si bien, en principio, no existe discriminación entre el enjuiciamiento de hombres y mujeres, la realidad es diferente para las mujeres repatriadas, como muestra el caso de la ciudadana alemana Sibel H. Ella y su esposo fueron investigados por las fuerzas del orden por viajar a Siria e Irak, y ella fue investigada por pertenecer al Estado Islámico. En octubre de 2017, el tribunal superior alemán expidió una orden de arresto contra Sibel H., quien había regresado del califato en Irak porque simpatizaba con los yihadistas; pero un tribunal regional declaró que mientras una persona no participe en ninguna actividad relacionada con la organización terrorista, no se puede afirmar su membresía. Por lo tanto, simpatizar con el Estado Islámico y vivir una vida en el califato con su consentimiento, no se consideró equiparable a la integración en el grupo ni a la pertenencia a la organización terrorista.

     Dicha decisión regional creó un serio desafío para las autoridades policiales y judiciales en cuanto al manejo de los repatriados, especialmente a las mujeres. A partir de ese momento, demostrar que una persona había vivido en territorio del Estado Islámico ya no era suficiente para asegurar una condena por pertenencia o apoyo a una organización terrorista.

     Como consecuencia, las fuerzas del orden alemanas deben reunir más pruebas sobre las actividades de los viajeros yihadistas, así como la difusión de propaganda. Debido a las dificultades para obtener este tipo de información, surgió un problema real.

      De remate, es más difícil conseguir información sobre las actividades de las mujeres viajeras que la de los hombres. El resultado ha sido que, a menudo, no se emiten órdenes de arresto para las yihadistas a su regreso a Alemania. Sin embargo, si las fuerzas del orden público tienen conocimiento del regreso de una combatiente extranjera, puede ser detenida, interrogada y registrada a su llegada al aeropuerto.

      A medida que construyen casos contra las mujeres repatriadas, los investigadores deben basarse en la información proporcionada por las autoridades, los familiares del yihadista, las declaraciones de compañeros de viaje, sus propias publicaciones en las redes sociales o confesiones.

      En este contexto, el grupo de trabajo sobre repatriados de la Oficina Federal de Policía Criminal de Alemania, ha sido importante fuente de información. Esta unidad es responsable de todas las preguntas sobre los combatientes extranjeros alemanes detenidos en Siria, Irak y Turquía que tienen la intención de regresar a Alemania y organiza su repatriación e interrogatorio.

      Otras fuentes importantes de información han sido y continúan siendo documentos oficiales de ISIS, que aportan la visión integral de la organización terrorista e información sobre los miembros del grupo. Igualmente, la evidencia del campo de batalla.

      Conclusiones de los procedimientos penales alemanes

      Para iniciar una investigación en Alemania, solamente requiere que exista la sospecha inicial de que se cometió un delito, pero acusar y condenar a alguien por un delito, requiere cargas de prueba mucho más altas.

      En diciembre de 2021, las autoridades judiciales alemanas habían acusado a 22 mujeres que calificaban como repatriadas, es decir, ciudadanas alemanas o que residían en Alemania antes de viajar para unirse a ISIS y luego regresar a Alemania.

      De las 22 mujeres, 20 habían sido condenadas por un tribunal alemán en diciembre de 2021. No todas, pero la mayoría de las 22 mujeres eran parte de ISIS; una se había unido a la organización terrorista Jabhat al-Nusra en Siria y otra a Jund al-Aqsa antes de que esta facción se uniera al Estado Islámico ISIS.

      Al comparar la fecha de regreso a Alemania y la presentación de cargos (así como el inicio del juicio) de las mujeres repatriadas, los datos respaldan la afirmación de que hubo diferencias entre el enjuiciamiento de las mujeres y el de los hombres repatriados.

      Sin mayores obstáculos, a menudo las fuerzas del orden arrestaron a los hombres poco después de su regreso y los fiscales prepararon inmediatamente los cargos en su contra. Al contrario, aunque Andrea B., primera mujer yihadista regresó a Alemania en 2013, solamente hasta febrero de 2015 se presentaron cargos contra ella, y el juicio comenzó tres semanas después.

      En otro caso, después de su regreso en 2016, Omaima A., pudo vivir varios años en Hamburgo su ciudad natal, antes de que las autoridades la arrestaran y presentaran cargos en su contra, en marzo de 2020.

     En esencia, hubo dos oleadas de mujeres repatriadas. Las primeras tres mujeres regresaron a Alemania antes de 2014, mientras que la segunda ola comenzó en 2016 y. Debido a la concentración de repatriados en algunos estados federales, los fiscales principales de los estados federales con más casos completados o en curso son Düsseldorf (8) y Hamburgo (4).

       Casi todas las condenas de acuerdo ocurrieron después de 2018. También vale la pena señalar que ninguno de los repatriados condenados fue condenado por la versión actualizada y ampliada, ya que todos los indiciados, habían viajado antes de que entrara en vigor.

     Por lo tanto, antes de analizar la sentencia, es útil examinar los casos de acuerdo con los diferentes estatutos utilizados por los fiscales alemanes.

      Apoyo y/o membresía en una organización terrorista según la ley alemana

     A pesar de las dificultades mencionadas anteriormente, desde el inicio de la guerra civil en Siria en 2011, mujeres alemanas repatriadas fueron condenadas por apoyo o pertenencia a una organización terrorista. La primera fue Karolina R., condenada en junio de 2015 a tres años y nueve meses por apoyar a una organización terrorista en el exterior, debido a que viajo a Siria para transportar dinero en efectivo y cámaras. De acuerdo con la ley “islámica”,  durante 2013, Karolina R. se quedó en Siria con su esposo y su hijo dos veces durante varias semanas, pero en realidad nunca habían vivido realmente allí, razón por la cual su versión era sospechosa.

      Debido a que según el fallo del tribunal del Estado Federal de 2018 la sola presencia, es una  conducta que no califica como membresía en una organización terrorista, pues se supondría limita al papel de ama de casa y/o madre de familia, las fuerzas del orden, los fiscales y los tribunales han tenido que utilizar desde entonces un enfoque diferente para poder enjuiciar y condenar a las mujeres repatriadas de acuerdo con las leyes alemanas vigentes.

      Desde 2018, tal dinámica ha incluido dos opciones. La primera, es un nuevo entendimiento dogmático que ha permitido a los fiscales argumentar que las actividades legales aún pueden constituir membresía en una organización terrorista cuando se consideran dentro de un contexto más amplio, como el viaje intencional al territorio del califato de ISIS y el matrimonio con un miembro de ese grupo criminal, llevar niños al califato, o inclusive seguir órdenes de alguien con autoridad dominante dentro de ISIS, por ejemplo, un esposo u otros comandantes locales del grupo terrorista.

      La segunda opción es utilizar las leyes nacionales e internacionales como “puerta trasera”, para que los fiscales argumenten que la mujer repatriada acusada, realmente es miembro de una organización terrorista.

      Ley alemana del control de armas de guerra

     Usualmente, las mujeres afiliadas a ISIS portaban armas, conducta que las hace responsables en virtud de la Ley de Control de Armas de Guerra. En sentido amplio, portar un arma también puede indicar entrenamiento con armas o la provisión del arma por parte de la organización terrorista, argumento con el que lo que los fiscales pueden inferir que habría membresía en la organización terrorista.

     En un caso de alto perfil, Omaima A., ciudadana alemana de 36 años de edad y viuda del yihadista alemán Denis Cuspert, fue sentenciada en dos procesos penales separados en octubre de 2020 y julio de 2021 a un total de cuatro años de prisión por pertenecer a organización terrorista, violaciones a la ley de armas de guerra, no cuidar adecuadamente a sus hijos, así como ayudar e incitar a crímenes de lesa humanidad.

      Inicialmente, el fiscal general alemán solicitó una pena de prisión de cinco años para Omaima A., la cual habría sido la más alta sentencia de prisión para una mujer repatriada, pero el jurado no lo consideró así.

      Once de las 20 repatriadas fueron condenadas por posesión de un arma de guerra, lo que convierte a este delito en el segundo delito más frecuente por el que se condena a las mujeres yihadistas alemanas que regresan a su país.

     Crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra atribuidos a las yihadistas alemanas

     Además de “saquear residiendo”, los fiscales pueden aplicar a las mujeres repatriadas otras violaciones del derecho internacional, tales como los crímenes de lesa humanidad o los crímenes de guerra contra seres humanos. Estas condenas están relacionadas principalmente con la esclavitud, tortura y asesinatos de yazidíes por parte de ISIS y sus miembros.

      Desde 2014 hasta diciembre de 2021, Sarah O., Omaima A., Jennifer W., Nurten J. y Carla-Josephine S. fueron condenadas por crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. El caso más publicitado fue el de Jennifer W., quien permitió que una niña yazidí muriera de sed atada a un poste, terminó con la sentencia de prisión más alta de 10 años.

      El jurado del tribunal decidió que durante la membresía de Jennifer W. en ISIS apoyó la “aniquilación de la religión Yazidi” y la “esclavización del pueblo Yazidi”. En ese orden de ideas, Jennifer fue la primera integrante de ISIS (hombre o mujer) acusada en cualquier parte del mundo por crímenes contra la minoría religiosa yazidi.

      Sentencias judiciales en Alemania contra las yihadistas

     Como ya se anotó, las 20 yihadistas repatriadas que fueron condenadas en Alemania, incluidas las condenadas a libertad condicional, recibieron pena de prisión promedio de tres años y 10 meses. Solo cuatro sentencias implicaron libertad condicional en lugar de prisión.

      Aunque cada sentencia debe verse como el resultado de la culpa individual de cada una de las mujeres repatriadas, se destacan algunos aspectos. La sentencia más severa fue de 10 años para Jennifer W. , y la más leve fue para Andrea B., con un año y seis meses de libertad condicional por secuestro de menores, pero no por pertenecer a una organización terrorista.

       Otro aspecto interesante es que las violaciones del derecho internacional, pueden aumentar la duración de la sentencia debido a la gravedad de estos crímenes, verbigracia la “esclavización” de mujeres y niñas yazidi.

     Pero, para el  cómputo tiempo de permanencia en prisión, debe tenerse en cuenta que el tiempo que los acusados hayan permanecido en las cárceles o campos, lo que reduce el tiempo real encarcelamiento en Alemania. La estancia en una prisión de buena fe en Siria, Irak o Turquía, ya sea como reclusión previa al juicio o cumpliendo una condena, se tiene en cuenta con un factor específico.

      Un año en una prisión iraquí equivale a tres años en una prisión alemana, pero el tiempo en uno de los muchos campos de detención, como Al-Hol, no se acredita automáticamente a la sentencia de prisión. Al evaluar la sentencia del repatriado, el tiempo en estos campos de detención se considera de acuerdo con el artículo 46 del código penal alemán, que se refiere a los “Principios para determinar el castigo”.

      Así, el tiempo de permanencia detenido en los campamentos kurdos, se utiliza como un factor para determinar la sentencia final, comparable a que el repatriado demuestre remordimiento o confiese sus delitos.

      Puntos de reflexión

      Más del 15% de los europeos occidentales que se unieron a ISIS en Siria e Irak son mujeres.

     Alemania y en general los países europeos enfrentan desafíos a la hora de acusar y enjuiciar a los retornados, por ejemplo a la falta de pruebas.

    El Tribunal Federal de Justicia de Alemania (TJFA) complicó el enjuiciamiento de las repatriadas: la mera presencia en el territorio del Estado         Islámico no se consideró suficiente para condenar a las mujeres por pertenecer o apoyar a una organización terrorista.

     En consecuencia, las fuerzas del orden han tenido que encontrar pruebas de delitos más allá de las mujeres repatriadas que participan en la vida diaria dentro de ISIS.

     Para afirmar responsabilidades de los acusados en la comisión de estos delitos,  han utilizado pruebas de otros delitos, tales como infracciones de la Ley de Control de Armas de Guerra o delitos responsables según el derecho internacional, como el saqueo.

      Por ende si El Tribunal Federal de Justicia de Alemania (TJFA), ha hecho que presentar cargos y condenar a las mujeres yihadistas repatriadas sea más desafiante, también ha alentado a los fiscales a responsabilizarlas por otros crímenes según el derecho alemán e internacional, incluidos los crímenes de guerra que han cometido.

     Para el efecto, han utilizado un nuevo enfoque que respalda su argumento, según el cual, las mujeres repatriadas no solo eran “novias yihadistas”, sino miembros de una organización terrorista.

     Si bien es cierto, que la sentencia promedio es de tres años y 10 meses, las mujeres condenadas rara vez cumplen sus penas de prisión completas, inclusive porque se pueden acreditar la detención preventiva prolongada, así como las estadías en campamentos o prisiones fuera de Alemania.

      Con su propio sistema legal único que guía su enfoque de los casos relacionados con el terrorismo, todos los países con un número significativo de jóvenes incorporados a las organizaciones terroristas, tuvieron que desarrollar un enfoque para el enjuiciamiento de los repatriados.

       Por ejemplo, Francia había tipificado como delito la estancia en el territorio controlado por ISIS y con ese argumento condenó sistemáticamente tanto a hombres como a mujeres repatriados desde 2016.

      En 2019, Alemania estructuró una fiscalía nacional específica para luchar contra el terrorismo como reacción a los ataques terroristas de noviembre de 2015 en parís y otras ciudades europeas.

      Debido al gran número de repatriados, Bélgica ha tenido que tratar estos casos en un tribunal inferior, lo que significa que los jueces tienen poco margen para imponer sentencias superiores a cinco años.

      Alemania es uno de los únicos países que ha utilizado con éxito aspectos del derecho internacional para demostrar legalmente la pertenencia de los acusados a una organización terrorista, especialmente en el caso de mujeres yihadistas.

      La exitosa condena contra Jennifer W. entre otras cosas, por crímenes de lesa humanidad con una pena de prisión de 10 años también podría servir como ejemplo, para fortalecer el enjuiciamiento en otros países de crímenes contra la comunidad yazidi.

      Obtener pruebas admisibles más allá de pertenecer a ISIS u otra organización terrorista, resalta la importancia de la cooperación internacional y la provisión y el intercambio de pruebas en el campo de batalla contra los repatriados, sean hombres o mujeres.

      Por otra parte, actualmente, es tema de sesudos debates entre expertos, la posibilidad de un tribunal internacional, comparable con el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia, con el fin de enjuiciar y condenar terroristas de ISIS.

       En síntesis, Alemania y otros países occidentales deben abordar el desafío de la rehabilitación y reintegración de las mujeres yihadistas repatriadas.

      Que todos los días pasados por una mujer yihadista repatriada, en un campo o prisión en el extranjero, reduzcan el tiempo en prisión en Alemania, es potencialmente problemático porque puede ser más fácil para los consejeros de prevención establecer contacto con personas que terminan siendo radicalizadas en la prisión, en lugar de personas que están detenidas en una prisión, centro de detención o campamento en el extranjero o con aquellos que no reciben una sentencia de prisión en su momento.

       Además, si los programas de desradicalización y desvinculación no son obligatorios en Alemania, las estructuras penitenciarias pueden alentar a los reclusos a aceptar una primera charla con un consejero de prevención o un trabajador social, sin que esto garantice que no serán terroristas a la salida del centro penitenciario.

       Ya que las herramientas de evaluación de riesgos se han desarrollado sobre casos masculinos, es probable que se distorsionen sus resultados, en casos relacionados mujeres.

      Muchas mujeres yihadistas que son condenadas, han llegado a Alemania con sus hijos pequeños, situación que dificulta la custodia, el bienestar de los niños y los jóvenes, y, la integración de los niños en el sistema educativo y la sociedad en general. Para solucionar o por lo menos, minimizar los negativos efectos de esta situación, profesionales de varios países europeos han señalado la necesidad de mejorar las instalaciones de los centros penitenciarios, para permitir contactos regulares entre padres e hijos, como una medida sensata, que ayudará a los esfuerzos de rehabilitación y reintegración.

        Para atender casos de repatriados participan diversos actores alemanes del sector social, educativo, judicial y de salud pública, así como de la sociedad civil. Una conclusión de esa experiencia, es que se requiere mayor intercambio de conocimientos entre los profesionales, con el mundo académico y los responsables de la formulación de políticas, que ayudaría a desarrollar respuestas eficaces, y de paso, mejorar la comprensión del fenómeno de los yihadistas repatriados.

       Los yihadistas repatriados a diferentes países occidentales es una innegable realidad. Con luces y sombras, el experimento alemán marca un derrotero, que demanda integración internacional de los países afectados e infiere la necesidad de crear un tribunal internacional para juzgar los crímenes cometidos por los yihadistas, como hechos que afectan a toda la humanidad y no a unas sociedades específicas.

      El debate está por darse y las soluciones por encontrarse, implementares y aplicarse.

 

      Teniente coronel Luis Alberto Villamarín Pulido

      Autor de 40 libros de Geopolítica, Estrategia y Defensa Nacional

       www.luisvillamarin.com

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